Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO tiene incoada la ciudadana CARMEN LUISA ANDARA DE DI BARTOLO contra el ciudadano CARLOS ENRIQUE RENGIFO y en consecuencia declara resuelto el contrato de arrendamiento suscrito en fecha 01/07/2.001, entre las partes integrantes del presente juicio y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: La entrega del inmueble que se identifica a continuación: "Un (01) apartamento distinguido con el número diecisiete (17), ubicado en la Segunda Calle con Tercera Avenida, de la Urbanización o Parcelamiento El Amparo, en la Jurisdicción de la Parroquia Sucre del Municipio Libertador del Distrito Capital, libre de bienes y personas, en el mismo estado, en el .....