Se dictó y publicó Sentencia Interlocutoria Con Fuerza de Definitiva mediante la cual se Homologó el Desistimiento presentado por la solicitante en la causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se ordeno la devolución de los originales solicitados previa su certificación en autos de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-