DISPOSITIVO DEL FALLO
En base a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior con Competencia Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo con sede en la Ciudad de Caracas, declara Inadmisible el recurso de hecho interpuesto por la representación judicial de la parte demandada sociedad mercantil Soluciones Óptica Salazar Vilanova, C.A. Así se decide.-
Por la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Déjese copia de la presente decisión en el archivo de este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Juzgado Superior con Competencia Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo con sede en la ciudad de Caracas.
Caracas, diez (10) Agosto de 2017. Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
EL JUEZ TEMPORAL
ALVARO CARDENAS MEDINA
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