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Decisiones del dia 16/12/2016

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Superior Marítimo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 2016-000448 N° Sentencia : Fecha: 16/12/2016
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
INVERSORA IMARKO, C.A. CONTRA GONZALO PAEZ Y OTROS
Resumen:
Ahora bien, pasa este Tribunal a pronunciarse en cuanto a los medios probatorios consignados por la representación de la parte accionante en los siguientes términos: Con respecto al merito favorable de autos que emerge de las actuaciones procesales, no constituyen medio probatorio alguno, por lo tanto no está sujeto a la admisión, debido a que el Juzgador está en la obligación de examinar de conformidad con el articulo 510 del Código de Procedimiento Civil los indicios que resulten de autos. Así se decide.- En cuanto a las instrumentales promovidas por la representación judicial de la parte actora, este Tribunal observa que el artículo 520 del Código de Procedimiento Civil establece lo siguiente: "En segunda instancia no se admitirán otras pruebas sino la de instrumentos públicos, la de posiciones y el juramento decisorio. Los primeros podrán producirse hasta los informes, si no fueren de los que deban acompañarse con la demanda; las posiciones y el juramento podrán evacuarse has.....
Juez/Ponente:
Francisco Antonio Villarroel
Organo:
Tribunal Superior Marítimo
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N° Expediente : 2016-000446 N° Sentencia : Fecha: 16/12/2016
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato E Indemnizaciòn De Daños
Partes:
EDITORIAL ATENEA, C.A., CONTRA PING AN PROPERRTY & CASUALKTY INSURANCE COMPANY OF CHINA LTD, FRAN B, HILL & CO., S.A., ASÍ COMO SUDAMERICANA DE VAPORES, S.A., Y LOGÍSTICA MARÍTIMA LOGIMAR, C.A.
Resumen:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, expresamente declara: PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por Editorial Atenea, C.A. en contra del auto de fecha primero (1º) de julio de 2016. SEGUNDO: Por motivo de orden público, con fundamento de lo señalado en la motiva del fallo, se modifica el auto recurrido, y se repone la causa a la oportunidad procesal de practicarse la citación de la codemandada Compañía Sud Americana de Vapores, S. A. Por no haberse confirmado la decisión recurrida, con fundamento en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.
Juez/Ponente:
Francisco Antonio Villarroel
Organo:
Tribunal Superior Marítimo
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