En consecuencia, por las razones antes mencionadas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano IGNACIO JESUS LVAREZ, en su carácter de Presidente de la sociedad de comercio INVERSIONES Y TRANSPORTE ARAGUAITO C.A, debidamente asistido por la abogado en ejercicio LOURDES MARILIN ORTA, contra la empresa NAVIERA OCCIDENTAL, S.A, ambos identificados en autos, en los términos contenidos en su escrito transaccional.
Ahora bien, este Tribunal le otorga diez (10) días de despacho a los fines de que conste en autos la notificación acordada por las partes de PETROWUARAO S.A. y proceder al archivo de expediente. Es todo.-