En consecuencia, por los señalamientos antes mencionados, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y Marítimo con sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda que por Rendición de Cuentas ha incoado la ciudadana DENISE RONCO DE FERIOLI, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.-5.971.593 en contra de los ciudadanos DEANA BRIGHETTI RONCO, GIAN CARLO OLIVIERO Y JOSÉ LUÍS ALEGRE, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cedula de identidad números V.- 5.890.276, V.-6.977.300 y V.-7.922.729, respectivamente.
SEGUNDO: Se condena a los ciudadanos DEANA BRIGHETTI RONCO, GIAN CARLO OLIVIERO Y JOSÉ LUÍS ALEGRE, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cedula de identidad números V- 5.890.276, V-6.977.300 y V-7.922.729, respectivamente, quienes igual.....