este Tribunal, conforme a lo establecido en el artículo 662 del Código de Procedimiento Civil, decreta medida ejecutiva de embargo sobre el buque hipotecado distinguido con las siguientes características: nombre "LA CHULINGA", Matrícula de embarcación: ARSH-11046, el cual presenta las siguientes características: Eslora: cuarenta y dos metros con veinticinco centésimas (42,25 Mts.), Manga: once metros (11,00 Mts.), Puntal: tres metros con setenta centésimas (3,70 Mts.), Tonelaje de Arqueo Bruto: quinientas sesenta y un unidades (561 AB), Tonelaje de Arqueo Neto: ciento noventa unidades (190 AB), CONSTRUCTOR: Mariteknik, Singapur, AÑO DE CONSTRUCCIÓN: 1995, que pertenece a la sociedad mercantil MARINE OUTSOURSING, C.A., representada por su Presidente el ciudadano ELIO ANTONIO SÁNCHEZ GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.367.889, según documento inscrito por ante la Oficina de Registro Naval de la Sede Principal, bajo el Nº 8, Tomo I, Protocolo .....