Por los señalamientos antes mencionados, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo con sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara IMPROCEDENTE la querella interdictal pertubatoria interpuesta por el ciudadano Juan Miguel Dos Santos Reis, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-11.314.239 y la sociedad mercantil "La casa del inyector 911, C.A., en contra del ciudadano el ciudadano Willian José Soler Saavedra, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-12.832.714.
Se condena en costas a la parte querellante por haber sido totalmente vencida en la presente querella.