En consecuencia, por las razones antes mencionadas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento de la presente solicitud de MEDIDA CAUTELAR EN APOYO A UN ARBITRAJE interpuesta por la sociedad mercantil AVIOR AIRLINES, C.A., identificada en autos, contra la sociedad mercantil SERVICIOS AUXILIARES DE AVIACIÓN VEN-WAS INTERNACIONAL, S.A. Así se declara.-