En consecuencia, por los señalamientos antes mencionados, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente demanda y CONDENA a la parte demandada a pagar a la parte actora lo siguiente:
Primero: Al pago de la suma de ochenta y dos millones ciento cincuenta mil ochocientos treinta y un bolívares con 50/100 (Bs. 82.158.831,50), por concepto del valor de los daños a las mercancías perjudicadas.
Segundo: al pago de los intereses producidos sobre el monto de los daños causados a las mercancías, desde la fecha de ocurrencia del siniestro, el día siete (7) de noviembre de 2006, hasta la fecha de ejecución del presente fallo, para lo cual se oficiará al Banco Central de Venezuela estimándole practicar experticia complementaria a este fallo, conforme a lo establecido en la parte motiva de esta decisión.
Se condena en costas a la parte perdidosa.