En consecuencia, este Tribunal DECRETA medida de embargo preventivo sobre la embarcación "ALICIA ESTELA", Matricula ARSH 8551 con las siguientes características: Eslora: 14,30, Manga: 4,20, Puntal: 1,90 y Arqueo Bruto: 35,62 unidades, inscrita ante el Registro Naval de la Circunscripción Acuática del Estado Nueva Esparta, bajo el expediente número 525, de fecha 17 de junio de 2002, folios 13 al 15, Protocolo único, Tomo X, Segundo del 2002 expediente 459, para lo cual se ordena notificar mediante oficio a la Capitanía de Puerto respectiva, a tenor de lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley de Comercio Marítimo el cual señala que podrán ser empleados medios electrónicos para su urgente notificación, por lo que una vez librado el respectivo oficio se ordena su comunicación por medio de fax.
Particípesele de la medida de embargo preventivo sobre la embarcación "ALICIA ESTELA", conforme a lo establecido en el ordinal 4 del artículo 99 de la Ley General de Marinas y Actividades Conexas .....