este Tribunal Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en vista que la mediación ha sido positiva, respecto de la extrabajadora THANIA ELENA DEL HIERRO GUZMAN, y por cuanto el presente acuerdo no vulnera sus derechos como extrabajadora ni normas de orden público, y verificadas como han sido las facultades de las representaciones judiciales de la parte actora y demandada para transigir en el presente juicio, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, conforme al artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y artículos 10 y 11 de su Reglamento. En éste mismo acto se hace devolución de los escritos de pruebas y anexos a las partes. Asimismo, éste Juzgado deja expresa constancia que la representación judicial de la parte actora recibió en este acto la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.20.000,00), en un pago único a efectua.....