REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Séptimo (27) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, doce (12) de julio de dos mil dieciséis (2016)
157º y 206º
ASUNTO: AP21-L-2016-000635
Visto que el presente juicio se inició por demanda intentada por la ciudadana LILIANA LOURDES PEREZ HERNANDEZ, Cédula de Identidad Nº 10.527.755 contra la empresa BANCO DEL CARIBE BANCO UNIVERSAL, y de una revisión de las actas procesales que conforman el presente asunto, este juzgadora observa que mediante auto de fecha doce (12) de abril de 2016, se le indicó a la parte actora que corrigiera el libelo de demanda, señalara con claridad el nombre de la persona sobre la cual debía recaer la notificación de demandada y en fecha 03 de mayo de 2016 se dio por notificado el apoderado judicial de la parte actora y procedió a subsanar lo señalado en el despacho saneador.....