Asimismo, este Tribunal Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo como la mediación ha sido positiva, respecto de la extrabajadora WENDY KARINA MOYA y por cuanto el presente acuerdo no vulnera sus derechos como extrabajadora ni normas de orden público, y verificadas como han sido las facultades de la representación judicial de las partes codemandadas para transigir en el presente juicio, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, conforme al artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Trabajadores y Trabajadoras, y artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Asimismo, éste Juzgado deja expresa constancia que una vez conste en autos prueba fehaciente que las codemandadas dieron cumplimiento al presente acuerdo, se dará por terminado el presente proceso y se ordenará el archivo definitivo del expediente. Se hace la devolución de los medios probatorios a las partes y.....