"...Conforme con los argumentos precedentes, este Juzgado Vigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 59 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA LA FALTA DE JURISDICCION DEL PODER JUDICIAL FRENTE A LA ADMINISTRACION PUBLICA para conocer y decidir la presente demanda incoada por el "Sindicato de Trabajadores de la Industria del Automóvil, Metalizaciones, conexos y Similares del Distrito Federal y Estado Miranda (SINTRA AUTOMOVIL), contra la empresa SILENCIADORES DRAGO, C.A., por cumplimiento de Cláusulas Sindicales 8, 24, 26, 30, 31, 34, y 42 contenidas en el Contrato Colectivo de Trabajo que rige para la Cámara Nacional de talleres Mecánicos (CANATAME) (1996-1999). Asimismo de conformidad con lo dispuesto en el ú.....