"...Vista la presente Transacción y sus recaudos, presentados en fecha 09-08-2016, por ante este Tribunal Vigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y las Trabajadoras y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, estando el expediente en fase de sustanciación este juzgado pasa a verificar. Así visto el escrito de transacción presentado por la parte actora KELVIN YOEL FRANCO, asistido por el abogado JULIO MARTINEZ, IPSA Nº 227.758, y firmado por la representante legal de la demandada ALIMENTOS HEINZ, C.A., el abogado JUAN PABLO HERNANDEZ, IPSA Nº 124.535, mediante la cual la demandada paga a los demandantes a su cabal y entera satisfacción la suma señalada de DOS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL VEINTISIETE BOLIVARES CON OCHENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.2.865.027,88), la cual pagada mediante un cheque.....