Así visto el escrito de transacción cursante de los folios 17 al 31 y presentado por los ciudadanos IRSO JESUS ROMERO NAVEDA, Titular de la C.I. V-23.284.282, parte oferida asistida por el abogado IRAMA MURO, IPSA Nº 119.942. Y el abogado ELIZA MARTINEZ, IPSA N° 26.482, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente GRAN HORIZONTE BAR RESTAURANT C.A., y el cual se da aquí por reproducido, mediante la cual la Oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la cantidad de QUINCE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.15.596,00), la cual fue pagada mediante cheque del Banco 100% Banco, N° 44-03702209, de fecha 05-03-2013, que fue ya entregado en fecha 14-03-2013, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y Trabajadoras, en conco.....