Por las motivaciones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado Trigésimo (30°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el procedimiento de Oferta Real de Pago requerida por la entidad de trabajo GRUPO CONSTRUCTOR NSM, C. A, a favor del CARLOS NÚÑEZ, titular de la cédula de identidad N° V-18.417.805.