"(...) este Tribunal Trigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano ROBERTO GUZMAN, titular de la cedula de identidad N° 11.681.237, y la parte demandada CENTRO MEDICO DOCENTE ADAPTOGENO, C.A.,, en los términos y condiciones legales para ello. (...)"