Sobre la base de la fundamentación anterior, es por lo que declara este Juzgado la FALTA DE JURISDICCION para conocer la presente solicitud de CALIFICACION DE DESPIDO, intentada por el ciudadano JOSE GREGORIO ASCANIO en contra de la empresa KD DELICATESSES VALLE ARRIBA, C.A., por considerar que la misma debe continuar en sede administrativa por órgano de la Inspectoría del Trabajo. Y ASI DE DECLARA.