En consecuencia, este Juzgado Trigésimo Primero (31º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, declara la Perención de la Instancia, todo ello con motivo de la demanda incoada por el ciudadano HECTOR RENE FERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad número V- 22.249.228 contra la entidad de trabajo denominada GRUPO T y T 2.000, C.A. (CASA CHURRASCO) y solidariamente al ciudadano MAURICIO ROYAL MICHEL. Se ordena la notificación de la parte actora y demandada de la presente decisión y, una vez que conste en autos las resultas de la misma y transcurrido el lapso de ley para la interposición de los recursos, se dará por terminado el presente asunto.