En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Trigésimo Segundo (32º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales, interpuesta por el ciudadano DANIEL RAFAEL PEÑA., contra ESTEBAN PEÑA Y ALBERTO FERREIRA DOS SANTOS, demandados en forma personal., condenándose a esta última al pago de la cantidad de Bolívares CIENTO VEINTE MIL DOSCIENTOS DOCE CON SESENTA Y UN CENTIMOS (BS. F 127.212,71)., más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo. Se ordena su realización según lo parámetros determinados en la parte motiva de la decisión. Se condena en costas a la demandada, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y .....