En consecuencia, examinada la descrita transacción, se procede de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 258 y las leyes vigentes; a impartir su HOMOLOGACION, al escrito transaccional. dándole efectos de cosa juzgada, se ordena agregar a los autos el presente escrito. Asimismo las partes: demandada y demandante, solicitan copia certificadas de la presente transacción y del auto que homologa la transacción, las cuales se acuerdan, previa consignación de las copias simples Asimismo se dará por terminado el presente juicio, ordenando el archivo y cierre informático del expediente.
La Juez
El Secretario
ABG. CARMEN BEATRIZ SEGURA
Abg. Luis Barranco