Examinada la descrita transacción, se procede de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela a impartir su HOMOLOGACION, en consecuencia, este Juzgado Trigésimo Tercero (33°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 258, a impartir su HOMOLOGACION del presente acuerdo TRANSACCIONAL, entre la ciudadana YULY DEL CARMEN RAMIREZ antes identificado y la entidad de trabajo: EXCELSIOR GAMA SUPERMERCADOS, C. A,. Asimismo se dará por terminado el presente juicio, transcurridos los 05 días hábiles de publicada la presente decisión; ordenando el archivo y cierre informático del expediente.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, Y DÉJESE COPIA.
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