DISPOSITIVO
Por todas las razones antes expuestas este Juzgado Trigésimo Tercero (33°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de Declinatoria de Competencia por el Territorio peticionada por la parte Demandada, "R.V. RODOVIAS DE VENEZUELA, C.A.". SEGUNDO: SE CONFIRMA la Competencia en razón del Territorio de este Juzgado para conocer de la demanda del ciudadano SEGUNDO SOSA MORENO; contra la sociedad mercantil "R.V. RODOVIAS DE VENEZUELA, C.A." por Motivo de Cobro de Salario Mínimo e Intereses de Mora. Notifíquese la presente decisión a las partes.-
PUBLÍQUESE, NOTIFIQUESE, REGÍSTRESE, Y DÉJESE COPIA. Publíquese en la pagina Web del Tribunal Supremo de Justicia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de De.....