En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Trigésimo Tercero (33º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales, interpuesta por el ciudadano por el ciudadano SAMUEL EDUARDO RAMIREZ BUSTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.954.765 contra la entidad de trabajo SEGURIDAD INTEGRAL 698., C.A, y al ciudadano HENRY ANTONIO MELENDEZ DIAZ co-demandado solidariamente por cobro de prestaciones sociales y demás conceptos laborales demandados, se condena a la parte demandada antes identificada, a pagar a la parte actora la cantidad total de CIENTO SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE BOLIVARES CON 49 CENTIMOS (Bs. 176.959,49).., más lo que arroje la experticia complementari.....