Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por las ciudadanas BELKYS JOSEFINA REYES DE HERNÁNDEZ, MARÍA ALEJANDRA HERNÁNDEZ REYES y DANIELA ISABEL HERNÁNDEZ REYES, en su carácter de únicas y universales herederas de quien fuera en vida AMADOR HERNÁNDEZ DEU contra la sociedad mercantil SEGUROS BANVALOR, C.A. SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada pagar a las actoras los conceptos y cantidades condenados conforme a los parámetros establecidos en la motiva del presente fallo.-