Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoada por la ciudadana MARISOL COROMOTO PACHECO GRATEROL contra la entidad de trabajo COLEGIO PADRE MADARIAGA, C.A. y en forma personal contra la ciudadana MARIA ANTONIETA CARTAYA DI LENA DE FLORES. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.