En razón de lo precedentemente considerado, este TRIBUNAL TRIGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos de índole laboral incoase el ciudadano EDUARDO BRICEÑO en contra de la demandada GRUPO DE SEGURIDAD H.C.M. y así, condena a ésta última al pago de la cantidad de TRES MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES CON TREINTA CÉNTIMOS (Bs. 3.746.468,30) resultante de la sumatoria de los conceptos admitidos y acordados a favor del accionante. Segundo: Se ordena la realización de una experticia complementaria del fallo, a cargo de un solo perito designado por el Tribunal ejecutor que corresponda, cuyos honorarios co.....