Por todos los racionamientos antes expuestos, este Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN suscrita entre la ciudadana KAROL AMARILIS ROJAS GUTIERREZ y la sociedad mercantil SERVICIO INTEGRAL PREVISIÓN AMANECER, C.A., a la cual se le confiere efecto de cosa juzgada, con excepción del desistimiento de la acción.-