PRIMERO: Se declara parcialmente con lugar la impugnación de la experticia complementaria del fallo. SEGUNDO: Se fija como monto a pagar por la demandada a la trabajadora lo siguiente: Indemnización por enfermedad, la suma de 101.035,65 bolívares; Indemnización por daño moral, la suma de 40.000 bolívares y por corrección monetaria, la suma de 137.088,99 bolívares, para un total de 278.124,64 bolívares.
TERCERO: En virtud que no se encuentra regulado el lapso para dictar decisión en el presente procedimiento, esta Juzgadora a los fines de garantizar la tutela judicial efectiva y el debido proceso ordena notificar a las partes de la presente decisión.-
Publíquese y Regístrese.