PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales incoada por el ciudadano GUSTAVO ADOLFO BLANCO ROMERO contra la empresa ELECTRICIDAD DE CARACAS, C.A , ambas partes identificadas al inicio de la presente sentencia. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada pagar a la parte actora los siguientes conceptos: El pago fraccionado de las utilidades del año 2005, el pago fraccionado de las vacaciones del año 2005, el pago fraccionado del bono vacacional del año 2005, la prestación de antigüedad según lo previsto en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, a la cual se deberá deducir las sumas recibidas por el actor a título de anticipo por este concepto y el fondo de jubilación, discriminadas en la parte motiva de esta sentencia. Asimismo, se condena a la parte demandada al pago de los intereses sobre la prestación de antigüedad y de los intereses de mora, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Igu.....