DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas este Juzgado Séptimo (7º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la presente demanda por CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS incoada por el ciudadano JOSE AGELIDE BONILLA, titular de la cedula de identidad N° 4.948.996., contra la empresa C.A. METRO DE CARACAS. SEGUNDO: Declara como INJUSTIFICADO EL DESPIDO. TERCERO: Se condena a la parte demandada reenganchar a la parte actora en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que tenía para el momento de su ilegal despido, con el cargo de Coordinador Ejecutivo y el pago de sus salarios caídos dejados de percibir, con base a un salario mensual de Bs. 14.652,73 mensual, los cuales deberán calcularse desde el momento del despido incluyendo los aumentos decretados por el Ejecutivo .....