Este JUZGADO SEPTIMO (7°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PRIMERO: De conformidad con el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se le tiene por confesa a la parte demandada dado que no compareció a la Audiencia de Juicio. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuso de el ciudadano ELI SAUL PEREZ CABRERA, titular de la cédula de identidad No. V- 19.351.766 contra la Sociedad Mercantil EDITORIAL METROPOLIS C.A., ambas partes ya identificadas. TERCERO: Se ordena a la demandada que proceda al reenganche del trabajador a su puesto de trabajo, es decir, como Ayudante General, con las mismas condiciones que tenía para la fecha de su despido y deberá pagarle igualmente los salarios caídos desde la fecha de la notificación hasta el.....