".. procede a HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO EN RELACION A LOS CIUDADANOS: PABLO ISRAEL CUADROS, ENDER JOSE RIVERA, OLEYDIS DEL CARMEN BERRIOS, ANTHONY JOSEPH OROPEZA, DUXON CHARLES, titulares de las cedulas de identidad 27.659.336, 12.041.723, 11.704.064, 17.312.222, y 84.482.454 respectivamente, en los términos expresados, otorgándole el carácter de cosa juzgada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 263 del Código de Procedimiento Civil, que aplica el Tribunal en forma analógica, conforme a las facultades otorgadas al Juez del Trabajo, en el artículo 11 de la Ley Adjetiva Laboral. Se deja expresa constancia que se seguirá el curso de la causa en relación a los demás trabajadores. ASI SE DECIDE.
EL JUEZ
ABG. HENRY JESUS CASTRO SANCHEZ .."