En consecuencia, es forzoso para este Juzgador declarar SIN LUGAR LA HOMOLOGACIÓN DE LA TRANSACCIÓN, consignada en fecha 25 de noviembre de 2015, por el ciudadano JOSE HENRIQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 114.039, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente SANOFI AVENTIS DE VENEZUELA S.A, por una parte; y por la otra, la ciudadana ANAILEN NUÑEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad número 15.845.681, asistida por el ciudadano Pedro Vilela, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 119.708.
Se deja constancia del pago realizado por la parte oferente SANOFI AVENTIS DE VENEZUELA S.A, a la parte oferida ciudadana ANAILEN NUÑEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad número 15.845.681, por la cantidad de NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SESENTA Y UN BOLIVARES CON VEINTICINCO CENTIMOS (Bs 9.859.561,25), mediante cheque librado contra el Banco Provincial, identificado con el Nº 07828352, de fecha 19 de novi.....