En consecuencia, se da inicio a la audiencia preliminar en el día de hoy, siendo las 10:00 am, exponiendo las partes sus argumentaciones y bajo un examen detallado de las pruebas consignadas por las partes, a los fines de llegar a una mediación.
En este estado la parte demandada a través de su director gerente ut supra identificado, debidamente asistido por el ciudadano DOUGLAS EDUARDO LINARES MENDOZA, titular de la cédula de identidad número 7.956.061, convienen en la demanda por el monto total demandado que es la cantidad de diez mil novecientos noventa y nueve bolívares con setenta y cuatro céntimos (Bs. 10.999,74), y la apoderada judicial de la parte actora acepta tal convenimiento. El pago se efectúa a través de dos cheques el primero del Banco de Venezuela por la cantidad de 3.132,83, y el segundo por la cantidad de 7.866,91 del Banco Occidental de Descuento. En consecuencia, el Tribunal homologa el desistimiento, a tenor del artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, .....