Visto el Escrito Transaccional, presentado en fecha 14 de diciembre 2011, por la ciudadana ANAIS BLANCO, titular de la cédula de identidad N° V – 16.792.974, parte oferida en el presente procedimiento, debidamente asistido por la abogada CLAUDIA ILARRAZA, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 130.059, por una parte y por la otra, el abogado JOHNNY GOMEZ, inscrito en el IPSA, bajo el N° 123.681, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente, mediante el cual dejan constancia de haber alcanzado un acuerdo por vía transaccional, a los fines de poner fin la presente demanda, por la cantidad de DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS CENTIMOS, (Bs.F 17.436.26), por todos los conceptos demandados, este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas a los profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo úni.....