este Juzgado Cuadragésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento manifestado por el apoderado judicial de la parte actora, produciendo el mismo los efectos de la cosa juzgada. En consecuencia, se CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y se dará por terminado el presente asunto una vez transcurrido el lapso para ejercer los recursos de ley contra esta decisión. Se deja sin efecto el Cartel de Notificación de fecha 06 de diciembre de 2011, así como las resultas de dicha notificación de fecha 24 de enero de 2012. Y ASI SE DECIDE.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 201º y.152°.
La Juez,
Abog. Carmen Leticia Salazar
La Secretaria,
Abog. Adriana Bigott