este Juzgado Cuadragésimo (40°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: NIEGA LA REPOSICION DE LA CAUSA al estado de Notificar al Procurador General de la República. Segundo: SE DECLARA LA FALTA DE LEGITIMIDAD, de la parte demandada "BZS CONSTRUCCIÓN, S.A.", para solicitar la Reposición de la Causa al tenor de lo dispuesto en el artículo 98 de la Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Tercero: se ordena la remisión del presente Asunto a la Coordinación de Secretarios de este Circuito Judicial a fin de que se incluya en el sorteo correspondiente para la celebración de la Audiencia Preliminar. Cuarto: Dada la naturaleza del presen.....