deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia Preliminar de la parte accionante ciudadano SIXTO ANTONIO GALINDEZ, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno e igualmente se deja constancia de la no comparecencia a esta audiencia preliminar de las co-demandadas ALCALDIA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS y LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR ÓRGANO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS FINANZAS. ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. En consideración a ello, y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara el Desistimiento del procedimiento y Terminado el proceso