En este mismo orden de ideas, las partes solicitan al tribunal se sirva homologar el presente acuerdo y le de el efecto de cosa juzgada. Este Tribunal en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, dejándose expresa constancia que una vez conste en autos el pago antes mencionado este Juzgado dará por terminado el presente asunto y ordenará el cierre y archivo del presente expediente. En este acto se hace entrega de las pruebas promovidas en su oportunidad. Se leyó y conforma firma: