el Tribunal con fundamento en que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO CELEBRADO ENTRE GILMER MANZANILLA E INVERSIONES ODAREN, C.A., dándole efectos de Cosa Juzgada. En cuanto a las copias certificadas solicitadas este Tribunal acuerda su expedición, asimismo en este acto se hace entrega a las partes de las pruebas promovidas al inicio de la audiencia preliminar, finalmente se da por terminado el presente procedimiento y se ordenará el cierre y archivo del expediente