en uso de sus atribuciones legales previstas en los artículos 1310 del Código Civil y en el Artículo 11 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, HOMOLOGA el presente desistimiento y le otorga fuerza de COSA JUZGADA, ya que es Ley entre las partes. Se ordena el cierre definitivo de la presente causa y el cierre informático en el Sistema Juris 2000. PUBLIQUESE Y REGISTRESE