EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA; Primero: LA FALTA DE JURISDICCIÓN FRENTE A LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL (MINISTERIO DEL TRABAJO, INSPECTORÍA DEL TRABAJO) para conocer de la presente solicitud de calificación de despido reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por el ciudadano JESUS RONDON venezolano mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 14.755.207, en contra de RED ABASTOS BICENTENARIO