Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Cuadragésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la Oferta Real de Pago interpuesta por la empresa EXQUISITOS FIANCEE, C.A., plenamente identificada en autos, a favor del ciudadano DALWIN RAFAEL BLANCO MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 30.227.784.
SEGUNDO: Se ordena librar oficio a la Oficina de Control de Consignaciones (O.C.C.) de este Circuito Judicial, a los fines que desincorporen los instrumentos bancarios que se encuentran bajo su custodia y procedan a oficiar a la entidad financiera Banco Bicentenario, Banco Universal a objeto que realice el cierre de la cuenta bancaria Nº 0175-0140-2000-6182-9198.
TERCERO: Dada la naturaleza del fall.....