DISPOSITIVO
Por los argumentos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuadragésimo Cuarto (44º) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SE HOMOLOGA el desistimiento de la demanda por Calificación de Despido, Reenganche y Pago de Salarios Caídos incoada por el ciudadano MAXI JOSÉ DÍAZ ÁLVAREZ contra la sociedad mercantil CCS (VENEZUELA) LIMITED, C.A., ambas partes suficientemente identificadas en autos. SEGUNDO: Se declara TERMINADO el presente procedimiento y de ordena el ARCHIVO del presente asunto. No hay condenatoria en costas.
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