En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este TRIBUNAL CUADRAGESIMO QUINTO (45º) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRICION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer la demanda intentada por los abogados MARITZA ALVARADO, JONATHAN MARTINEZ y JUAN PEREZ APARICIO, inscritos en el IPSA bajo los Nros. 23.282, 18.283 y 97.171, respectivamente, contra de los RICHARD OSCAR GUTIERREZ BEOMONT, LEUERES ANTONIO GUTIERREZ BEOMONT, EGLEE JOSEFINA GUTIERREZ BEOMONT, VLADIMIR JOSE GUTIERREZ BEOMONT, ALEXIS ALEXANDER GUTIERREZ BEOMONT, LERLYULEN ENRIQUE GUTIERREZ BEOMONT, ALPIDIA MARIA BEOMONT DE GUTIERREZ, herederos únicos y universales del ciudadano CASTULO TEODORO GUTIEREZ. En consecuencia, DECLINA l.....