UNICO: LA INCOMPETENCIA de este Tribunal para conocer y decidir la demanda por Intimación y Estimación de Honorarios Profesionales interpuesta por el ciudadano JUAN SIMON GANDICA SILVA, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 1.293, contra la ciudadana Yajaira Carrillo, por cuanto dicha competencia le corresponde al Juzgado Duodécimo (12°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en tal sentido se ordena la remisión del presente expediente a dicho Juzgado, a los fines legales consiguientes.