DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales incoado por EGIDIO JOSE PADRON QUERALES contra la entidad de Trabajo EL CARRETON, VENTA DE PARRILLA Y POLLO EN BRASA SRL y solidaria entidad de trabajo INVERSIONES ARMAS PADRON, C.A., y de los demandados en forma personal ciudadanos JUAN PADRON CASTAÑEDA y ANDRES ARMAS ACOSTA SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada a pagar al accionante ciudadano EGIDIO JOSE PADRON QUERALES, la cantidad condenada conforme a los parámetros y condiciones establecidos en la motiva del presente fallo. TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, dada la naturaleza del presente fallo.
Se ordena la notifica.....